De acuerdo al Art. 771-5 del Estatuto Tributario, los pagos de la empresa (costos, deducciones, pasivos, impuestos, etc) deberán empezarse a realizar por medio de la Banca para poder tener reconocimiento fiscal, es decir, que puedan ser descontados para cuestiones de impuestos.
Dichos medios aceptados son:
Depósitos en cuentas bancarias.Giros o transferencias bancarias.Cheques girados al primer beneficiario.Tarjetas de crédito o débito.
Ahora bien, este cambio tendrá una transición el cual se deberá adoptar de la siguiente manera:
En otras palabras:
Para el 2019, el mayor valor entre el 55% de las deducciones/costos o el 30% de los pagos realizados por banco, deberá ser el tope mínimo de egresos por medio del banco para poder ser descotados.
De acuerdo a lo anterior, lo que busca el Gobierno es tener mayor control de los movimientos financieros de la empresa y disminución de la evasión fiscal, ya que para nadie es un secreto que los Bancos son los mayores aliados para este proceso y quienes se beneficiarán más al incrementar las empresas que deban pagar un aumento en gastos financieros por utilizar este medio de pago.
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